El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.
Composición del Consejo Escolar:
- La Directora del centro, que será su Presidenta.
- El Jefe de Estudios.
- Un concejal o representante del Ayuntamiento.
- Un número de profesoras, elegidas por el Claustro.
- Un número de padres y madres, elegidos por y entre ellos y ellas.
- Una representante del personal no docente del centro.
- Un representante del personal de administración y servicios del centro.
- La Secretaria del centro, que actuará como secretaria del Consejo, con voz y sin voto.
El Consejo Escolar se renueva por mitades cada dos años de forma alternativa (primera y segunda mitad), durante el primer trimestre del curso académico.
Funciones del Consejo Escolar
- Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo.
- Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
- Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
- Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
- Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
- Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
- Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
- Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.